miércoles, 30 de diciembre de 2015

Lex Naturae

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Siguiendo y desentrañando las nociones de M. Faure, P. Niels (2014)[1], A. Kennedy y P. Martin (2015)[2], conceptualizo el Derecho Medioambiental (DM), Lex Naturae[3], también conocido como derecho ecológico o derecho ambiental, como el estadio cognitivo del Derecho que aboga por la ordenación de las interacciones entre el individuo y el medioambiente, con la finalidad esencial de salvaguardarlo y apoyándose en principios básicos, pro profundos, como que quien contamina paga, la prevención, la previsión y la sostenibilidad.

La trascendencia del DM se encuentra no sólo en la preservación de la Naturaleza sino en la protección de la raza humana en general y de su salud en específico, garantizando también su pervivencia futura a través de u desarrollo sostenible, a través de la necesaria armonía entre lo económico, lo social y la protección medioambiental. Por tanto, el ordenamiento jurídico medioambiental se sustenta en legislación, costumbres… que giran en torno a la protección del medioambiente. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Faure, Michael, Niels Philipsen (2014). Environmental Law and European Law. The Hague: Eleven International Publishing.
[2] Martin, Paul, Kennedy, Amanda (2015). Implementing Environmental Law. Edward Elgar Publishing.
[3] También, Ius Terrae, Ius silvarum et aquarum o Ius circumenvirontale.