martes, 10 de enero de 2017

Mecanismos de Protección Ambiental Integrada

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Mecanismos de Protección Ambiental Integrada: La Aplicación de las Mejores Técnicas Disponibles en el Marco Regulatorio Español de Prevención y Control de la Contaminación (RDL 1/2016) - Integrated Environmental Protection Mechanisms: The Application of Best Available Techniques in the Spanish Regulatory Framework for Pollution Prevention and Control (RDL 1/2016)

Resumen: El Texto Refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación (TRLPCC), aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, consolida la normativa española para evitar o reducir y controlar la contaminación de la atmósfera, el agua y el suelo, buscando una elevada protección del medio ambiente en su conjunto. Este sistema se aplica a instalaciones públicas o privadas que desarrollen actividades industriales listadas en el anejo 1. El instrumento central es la Autorización Ambiental Integrada (AAI), diseñada para simplificar la intervención administrativa al aglutinar un conjunto disperso de autorizaciones ambientales. El principio rector de la AAI es la aplicación de las Mejores Técnicas Disponibles (MTD), definidas como la fase más eficaz y avanzada que demuestre la capacidad práctica para establecer los valores límite de emisión (VLE). La ley establece procedimientos detallados para la concesión, revisión cuatrienal, y la disciplina ambiental, incluyendo un régimen sancionador para infracciones graves y muy graves.

Palabras Clave: Autorización Ambiental Integrada (AAI), Mejores Técnicas Disponibles (MTD), Valores Límite de Emisión (VLE), Prevención de la Contaminación, Protección Ambiental Integrada, Emisiones Industriales.

Abstract: The Revised Text of the Law on Integrated Pollution Prevention and Control (TRLPCC), approved by Royal Legislative Decree 1/2016, consolidates Spanish regulations to prevent, reduce, and control air, water, and soil pollution, seeking high levels of environmental protection as a whole. This system applies to public or private facilities that carry out industrial activities listed in Annex 1. The central instrument is the Integrated Environmental Authorization (AAI), designed to simplify administrative intervention by bringing together a disparate set of environmental authorizations. The guiding principle of the IEA is the application of Best Available Techniques (BAT), defined as the most effective and advanced stage that demonstrates the practical capacity to establish emission limit values ​​(ELVs). The law establishes detailed procedures for granting, four-year review, and environmental discipline, including a sanctioning regime for serious and very serious violations.

Keywords: Integrated Environmental Authorization (IEA), Best Available Techniques (BAT), Emission Limit Values ​​(ELVs), Pollution Prevention, Integrated Environmental Protection, Industrial Emissions.

Índice de Apartados: 1. Introducción: Objeto y Principios de la Prevención Integrada. 2. La Autorización Ambiental Integrada (AAI): Naturaleza y Función Integradora 2.1. Alcance y Ámbito de Aplicación 2.2. Coordinación y Trámites Preceptivos. 3. El Estándar Técnico: Mejores Técnicas Disponibles (MTD) 3.1. Fundamento de las MTD en la Fijación de Emisiones 3.2. Excepciones y Flexibilidad. 4. Control, Revisión y Régimen de la Disciplina Ambiental 4.1. Cierre de Instalaciones y el Informe Base 4.2. Infracciones y Sanciones. 5. Conclusiones. 6. Referencias

1. Introducción: Objeto y Principios de la Prevención Integrada

El Real Decreto Legislativo 1/2016 se origina en la necesidad de armonizar la Ley 16/2002 e integrar las sucesivas modificaciones introducidas por diversas normativas, recogiendo la transposición de directivas europeas, en particular la Directiva 2010/75/UE. La coherencia normativa y la seguridad jurídica fueron objetivos clave en la elaboración de este texto refundido.

El objeto primario de la ley es establecer un sistema integrado que evite o, de no ser posible, reduzca y controle la contaminación de la atmósfera, el agua y el suelo. La vocación de la ley es la protección del medio ambiente en su conjunto.

Los principios que informan la concesión de la AAI, subrayan esta integralidad y prevención:

• Se exige la aplicación de las mejores técnicas disponibles para prevenir la contaminación.

• Se debe fomentar la prevención en la generación de residuos siguiendo la jerarquía de gestión (prevención, reutilización, reciclado, valorización).

• Se promueve el uso eficiente de recursos como la energía, el agua y las materias primas.

• Se deben establecer medidas para evitar riesgos de contaminación al cesar la explotación de la instalación.

2. La Autorización Ambiental Integrada (AAI): Naturaleza y Función Integradora

2.1. Alcance y Ámbito de Aplicación

Es aplicable a las instalaciones de titularidad pública o privada que desarrollen alguna de las actividades industriales incluidas en las categorías enumeradas en el anejo 1, siempre que se alcancen los umbrales de capacidad establecidos. 

La AAI es la resolución escrita que permite explotar una instalación bajo condiciones destinadas a garantizar el cumplimiento de la ley en materia de protección ambiental y salud.

La finalidad de la AAI es doble: establecer las condiciones para el cumplimiento de la ley y coordinar a las distintas Administraciones públicas para agilizar los trámites y reducir las cargas administrativas.

2.2. Coordinación y Trámites Preceptivos

La AAI integra diversas autorizaciones sectoriales, incluyendo la gestión de residuos, los vertidos a aguas continentales (incluyendo al sistema integral de saneamiento), los vertidos desde tierra al mar y las determinaciones ambientales sobre contaminación atmosférica.

El procedimiento administrativo requiere la presentación de documentación específica. Un elemento crítico de la solicitud es el informe base o de la situación de partida, requerido cuando la actividad implique el uso, producción o emisión de sustancias peligrosas relevantes. 

Este informe documenta el estado inicial del suelo y las aguas subterráneas, siendo esencial para la comparación cuantitativa tras el cierre definitivo de la instalación.

Además, se requiere un informe urbanístico del Ayuntamiento sobre la compatibilidad del proyecto con el planeamiento. El informe del organismo de cuenca para vertidos al dominio público hidráulico es preceptivo y vinculante.

3. El Estándar Técnico: Mejores Técnicas Disponibles (MTD)

El Título II de la ley se dedica a los Valores Límite de Emisión y las MTD. Las Mejores Técnicas Disponibles (MTD) se definen como la fase más eficaz y avanzada del desarrollo de las actividades que tienen la capacidad práctica de constituir la base para fijar los valores límite de emisión (VLE). 

La MTD incluye tanto la tecnología como la forma en que la instalación está diseñada, mantenida y explotada.

3.1. Fundamento de las MTD en la Fijación de Emisiones

La AAI debe fijar VLE basándose en las Conclusiones sobre las Mejores Técnicas Disponibles (MTD). Estos VLE deben garantizar que, en condiciones normales de funcionamiento, las emisiones no superen los niveles de emisión asociados a las MTD. 

Al determinar los VLE, el órgano competente debe considerar las características técnicas de la instalación, su ubicación geográfica, las condiciones locales y la incidencia de las emisiones en la salud humana.

El Anejo III detalla los aspectos que deben considerarse al determinar las MTD, incluyendo:

• El uso de técnicas que produzcan pocos residuos y de sustancias menos peligrosas.

• El desarrollo de técnicas de recuperación y reciclado.

• La necesidad de prevenir o reducir al mínimo el impacto global de las emisiones y los riesgos en el medio ambiente.

• Los avances técnicos y la evolución de los conocimientos científicos.

3.2. Excepciones y Flexibilidad

El órgano competente puede fijar valores límite de emisión menos estrictos que los niveles asociados a las MTD si demuestra que la consecución de dichos niveles resultaría en costes desproporcionadamente más elevados en comparación con el beneficio ambiental, debido a la ubicación geográfica o las características técnicas de la instalación. 

Sin embargo, estos valores menos estrictos no pueden superar los VLE establecidos en la normativa de desarrollo, y el órgano competente debe documentar y justificar detalladamente esta excepción.

4. Control, Revisión y Régimen de la Disciplina Ambiental

4.1. Cierre de Instalaciones y el Informe Base

Una de las obligaciones más importantes es la relativa al cese de la explotación. La AAI debe incluir condiciones específicas para el cierre. 

Si la actividad utiliza sustancias peligrosas relevantes, una vez producido el cese definitivo, el titular debe evaluar la contaminación del suelo y las aguas subterráneas respecto al estado establecido en el informe base. 

Si se ha causado una contaminación significativa, el titular está obligado a tomar las medidas adecuadas para restablecer el emplazamiento a ese estado inicial.

4.2. Infracciones y Sanciones

El Título IV regula la disciplina ambiental, siendo las comunidades autónomas las competentes para el control, inspección y potestad sancionadora. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves.

Son consideradas infracciones muy graves:

• Ejercer la actividad o realizar una modificación sustancial sin la AAI preceptiva, si se ha producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o un peligro grave para la salud.

• Incumplir las condiciones de la AAI si esto resulta en un daño o peligro grave.

Las sanciones por infracción muy grave pueden alcanzar multas desde 200.001 hasta 2.000.000 de euros, e incluir la clausura definitiva total o parcial de las instalaciones.

5. Conclusiones

El Real Decreto Legislativo 1/2016 establece un marco normativo preventivo y coordinado que pivota sobre la Autorización Ambiental Integrada para la gestión de las actividades industriales más contaminantes. 

El eje central de este control son las Mejores Técnicas Disponibles (MTD), que funcionan como el estándar técnico obligatorio para la fijación de los Valores Límite de Emisión. 

La ley garantiza la integración administrativa y el control mediante procedimientos de revisión periódica (cada cuatro años) y un sistema de disciplina que penaliza severamente el incumplimiento de las condiciones establecidas para la protección del medio ambiente en su conjunto.

6. Referencias

Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. «BOE» núm. 316, de 31 de diciembre de 2016.

Actualizaciones del texto en base a las modificaciones posteriores de la normativa.