viernes, 7 de diciembre de 2012

Medidas de fomento del turismo

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
El Estatuto de Autonomía para Andalucía (EA)[1] establece como uno de los principios rectores de las políticas públicas de la Comunidad Autónoma (CA) el fomento del sector turístico, como elemento económico estratégico de Andalucía. En ese sentido, la Ley de Turismo de Andalucía (LTA)[2] tiene como objetivo consolidar un marco jurídico general y homogéneo del que emane toda la producción normativa en materia de turismo de la CA, en ejercicio de la competencia exclusiva turística. En esa línea, una de las finalidades de la LTA es el fomento del turismo como instrumento de comunicación y conocimiento entre los pueblos y culturas[3] y una de las competencias de la Administración Pública de la Junta de Andalucía es el fomento del desarrollo de competencias profesionales en el ámbito turístico[4].

El Legislador andaluz pretende el impulso de un modelo de turismo que sea competitivo, de calidad, responsable y sostenible, en el marco de un desarrollo económico y, por derivación, social de la Comunidad Autónoma. En ese sentido, entre las acciones de fomento[5], se encuentran tanto la planificación estratégica como el marketing turístico, pasando por el desarrollo y diversificación de la oferta turística, la mejora de la calidad y la competitividad, la sostenibilidad, la responsabilidad social, la gobernanza o la colaboración del sector público con el sector privado. En cuanto a la especificidad de las subvenciones, éstas se han convertido para el Poder Ejecutivo andaluz en una herramienta imprescindible para llevar a cabo precisamente ese fomento del sector turístico.
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[1] Art, 37.1.14.º del EA.
[2] Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía (LTA). Publicado en: «BOJA» núm. 255, de 31/12/2011, «BOE» núm. 17, de 20/01/2012. Entrada en vigor: 31/01/2012.
[3] Art. 1 LTA.
[4] Art. 3 LTA.
[5] Art. 10 LTA.