lunes, 17 de enero de 2011

Ordenamiento jurídico turístico y sostenibilidad

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Dentro del Derecho Administrativo (DA), e interpretando la doctrina de V. Tena (2010)[1], conceptualizo el ordenamiento jurídico del Sector Turístico como la parte del DA que trata, en general, de toda la sistemática administrativa legal que incumbe al turismo y, en específico, lo relativo a la relación de todos los agentes turísticos, desde usuarios hasta el sector privado, con la Administración Pública (AP), tanto internacional, europea, estatal, de comunidades autónomas o entidades locales (provincias, comarcas, municipios...).

Ene se sentido, cabe discernir el aspecto transversal e interdisciplinar, abarcando varios espacios o dimensiones administrativas, desde la regulación de las relaciones entre empresas y usuarios de los servicios turísticos hasta la propia defensa de los turistas, en el marco del derecho del consumo, pasando por el derecho administrativo económico, cultural o medioambiental, estableciendo potestades administrativas específicas. D. Blanquer (2000)[2], articula el DA del turismo sobre la base de la calidad y la sostenibilidad en los ámbitos territoriales de actuación.
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[1] Tena Piazuelo, Vitelio (2010). Fundamentos del Derecho Administrativo Turístico. Unizar. Pág 319-341.
[2] Blanquer Criado, David (2000). Ordenación jurídica de la calidad del turismo. Tirant lo Blanch.