lunes, 28 de noviembre de 2022

Información corporativa sobre sostenibilidad

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Informa el Consejo de la Unión Europea (CUE) de la aprobación definitiva a la Directiva relativa a la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas[1], lo que implica la próxima exigencia a las empresas que publiquen información detallada sobre cuestiones de sostenibilidad, lo que reforzará la rendición de cuentas de las empresas, evitará divergencias entre las normas de sostenibilidad y facilitará la transición hacia una economía sostenible y refuerza las normas vigentes en materia de divulgación de información no financiera introducidas en la Directiva sobre contabilidad por la Directiva sobre divulgación de información no financiera de 2014, que ya no se ajustan a la transición de la UE hacia una economía sostenible.

La Directiva establece exigencias más detalladas en materia de presentación de información y garantiza que las grandes empresas y las pymes cotizadas tengan que publicar información sobre cuestiones de sostenibilidad, como los derechos medioambientales, los derechos sociales, los derechos humanos y los factores de gobernanza[2]. Las nuevas normas se aplicarán a todas las grandes empresas y a todas las empresas que cotizan en mercados regulados, excepto las microempresas cotizadas. Estas empresas tienen también la responsabilidad de evaluar la información relativa a sus filiales. Las normas tienen en cuenta las características específicas de las pymes cotizadas, a las que también se aplican[3]. Fuente de la información: CUE.
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[2] Por lo que se refiere a las empresas no europeas, la obligación de presentar un informe de sostenibilidad se aplica a todas las empresas cuyo volumen de negocios neto en la UE supere los 150 millones de euros y que tengan al menos una filial o sucursal en la UE que supere determinados umbrales. Esas empresas deben informar sobre sus efectos ambientales, sociales y de gobernanza (ASG), definidos en la Directiva.
[3] Las pymes cotizadas podrán no aplicar los requisitos durante un periodo transitorio, lo que significa que no estarán obligadas a aplicar la Directiva hasta 2028.